Resolución de 11 de julio de 2012, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para los años 2012 a 2014, las ayudas para la realización de proyectos de I+D relacionados con la protección radiológica

 
http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/26/pdfs/BOE-A-2012-10065.pdf

El objeto de la presente Resolución es establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas financieras para la realización de proyectos de I+D en materia de protección radiológica, en los temas que, referentes a los programas contemplados en el vigente Plan de I+D del Consejo de Seguridad Nuclear, se detallan a continuación:

  1. Nuevas tecnologías, actualizaciones y desarrollos en dosimetría individual externa e interna.
  2. Implicaciones operacionales de la aplicación del nuevo límite de dosis al cristalino.
  3. Nuevas evidencias sobre mecanismos de producción de daño y de respuesta biológica a las radiaciones ionizantes, incluidos efectos no dirigidos y tardíos.
  4. Optimización de dosis a pacientes, trabajadores y público en procedimientos de tratamiento o diagnóstico médico con radiaciones.
  5. Utilización de nuevas tecnologías de información y comunicación para la formación en seguridad y protección radiológica.
  6. Utilización de metodologías de análisis de riesgos en instalaciones radiactivas.
  7. Sistemas instrumentales para verificación de cumplimiento de los niveles de liberación de emplazamientos
  8. Radiación Natural:
    1. Radón en viviendas y puestos de trabajo, acciones de remedio.
    2. Industrias NORM y materiales de construcción.
  9. Mejoras en los procedimientos de medida de la radiactividad ambiental.
  10. Estudios relativos a las recomendaciones de ICRP sobre la protección del medioambiente
  11. Comportamiento de grandes piezas y otros residuos singulares en las condiciones de almacenamiento definitivo superficial.
  12. Metodologías para determinar los límites y condiciones radiológicas de la gestión de residuos NORM.
  13. Comportamiento de espectrómetros de Bromuro de Lantano. Adaptación para el muestreo en continuo de partículas y iodos en aire.
  14. Optimización del muestreo en continuo de iodos en aire. Optimización de intervalos de mantenimiento y detección del Yodo en sus diversas formas químicas.


Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Resolución las Universidades y Hospitales Públicos, así como sus fundaciones asociadas. Los beneficiarios deberán llevar a cabo proyectos o actuaciones relacionados con los temas mencionados, siempre que no concurra en dichas entidades ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Duración de los proyectos.

  1. Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tendrán un período de ejecución máximo de tres años, contados a partir de la fecha de aceptación de la subvención por el beneficiario.
  2. No obstante lo anterior, la duración de un proyecto podrá prorrogarse hasta un máximo de doce meses, previa solicitud motivada del responsable del proyecto, que deberá ser aceptada por la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear o por el órgano en quien delegue.


Cuantía de las ayudas.

  1. La cuantía máxima aprobada para cada proyecto no superará los 200.000 euros.
  2. Las ayudas previstas en esta Resolución tendrán siempre forma de subvención, y podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas y seleccionadas. Su cuantía se determinará en cada caso en la resolución, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias.
  3. Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, y siempre que conjuntamente no superen el coste total del proyecto. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para el mismo proyecto, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que esta circunstancia se produzca, con las eventuales minoraciones que resulten aplicables en cumplimiento de lo anteriormente indicado.

Formalización y presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Entidades Financiadoras