Título: Convocatoria de Consolidación Investigadora 2024 – Agencia Estatal De Investigación

1.-REQUISITOS DEL/DE LA INVESTIGADOR/A PRINCIPAL DE LA ACTUACIÓN (IP)
1.1.-Titulación de doctor/a.
1.2.-Actividad científico-técnica: A fecha de inicio de presentación de solicitudes debe cumplir al menos uno de los requisitos que se detallan a continuación:
     1.2.1.- Estar en posesión del certificado R3, emitido por la Agencia Estatal de Investigación, independientemente del procedimiento en el que se haya obtenido.
    1.2.2.- Estar en posesión del certificado I3 obtenido, bien tras haber superado la evaluación establecida en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), conforme a los criterios establecidos en la Resolución de 20 de julio de 2005 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación de dicho programa, bien conforme al procedimiento establecido en la Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
1.3.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en la entidad solicitante. Tampoco se podrá estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en una entidad distinta de la solicitante, si está adscrito nominalmente a la entidad solicitante a través de un convenio general, acuerdo marco de colaboración o documento equivalente, entre la entidad solicitante y dicha entidad.
1.4.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de las Universidades públicas, ni ser personal investigador funcionario de carrera al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, ni estar contratado/a en una Universidad pública española como profesor/a contratado/a doctor/a o profesor/a permanente laboral (o bajo figuras equivalentes de agencias autonómicas).
1.5.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no haber superado un proceso selectivo o haber resultado propuesto en un concurso para el ingreso o acceso a alguno de los cuerpos, escalas o plazas recogidas en el punto anterior.
1.6.-Vinculación con la entidad solicitante: no será necesaria la misma en el momento de presentar la solicitud ni durante el procedimiento de concesión, pero sí desde, al menos, el inicio del quinto mes de ejecución del proyecto y hasta la finalización del proyecto, admitiéndose, por tanto, la falta de vinculación durante los cuatro primeros meses de ejecución.

1.7.-Régimen de participación y compatibilidad: 
     1.7.1.-El/la mismo/a IP no podrá figurar en más de una solicitud presentada a esta convocatoria ni figurar como IP en una solicitud de la convocatoria 2024 del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
     1.7.2.-No figurar como IP en una solicitud financiada mediante una convocatoria anterior de esta actuación ni mediante una convocatoria del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
    1.7.3.-No habrá incompatibilidad con la participación en proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias de proyectos de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, del VII Programa Marco de I+D+i, de los Programas Marco de I+D+i Horizonte 2020 y Horizonte Europa o de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio Europeo de Investigación, de los Planes Regionales de I+D+i de las Comunidades Autónomas, o de cualquier otra convocatoria, siempre y cuando se respete el límite máximo de horas/año para cada categoría profesional establecido en el convenio laboral o equivalente de la entidad del/de la IP.
 

2.-CONCEPTOS ELEGIBLES
2.1.- Costes directos
            ▪ Incentivo a la consolidación. Cantidad destinada a incentivar la creación de una plaza permanente en el área de conocimiento del/de la IP, y que no podrá superar el 100 % de los costes de personal (retribución salarial y cotizaciones a cargo del empleador) de dicha plaza permanente correspondiente a una anualidad.
            ▪ Costes de ejecución del proyecto de I+D+i: personal, movilidad, fungible, publicaciones, asesoramiento, etc.
            ▪ Costes destinados a la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y mejora del equipamiento. No podrá superar el 30 % del importe concedido como coste de ejecución del proyecto de I+D+i.
2.2.- Costes Indirectos: 21% sobre los gastos directos de ejecución del proyecto más los costes de adecuación de espacios (se excluye el Incentivo a la consolidación).

3.-FINANCIACIÓN
La cuantía máxima de las ayudas será de 200.000 € por actuación (incluyendo costes indirectos), siempre y cuando el coste financiable real de la actuación lo permita.

4.-EVALUACIÓN
    • La evaluación de las solicitudes se realizará por comisiones técnicas de expertos, constituidas en función de las áreas y subáreas temáticas y por una comisión de selección.
    • Será objeto de evaluación la memoria científico-técnica de la actuación y el CVA de las/los IP, siguiendo los criterios de evaluación establecidos.

5.-MEMORIA CIENTÍFICO-TÉCNICA
    • En el plazo de presentación de solicitudes se deberá adjuntar una memoria científico-técnica de la actuación.
    • La descripción del contenido de la memoria científico-técnica de la actuación se incluye en el Anexo IV de la convocatoria.

6.-CVA DE LOS/LAS IP
    • Se presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la Agencia, o en el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT).
    • Periodos de interrupción de la actividad investigadora:
           • En caso de declararse, se consignarán en el apartado correspondiente del modelo de CVA, a efectos de la consideración de méritos.
    • El código ORCID es obligatorio.

7.-INCUMPLIMIENTOS. 
Entre otros se considera incumplimiento total la no convocatoria del proceso selectivo, concurso o procedimiento para la cobertura de la plaza permanente en el área de conocimiento del/de la investigador/a principal de la actuación antes de la finalización del periodo de ejecución de la ayuda.

8.-PLAZO: del 3 de julio al 23 de julio a las 14:00 horas (hora peninsular)

Para más información: Consolidación Investigadora 2024

Quién esté interesado/a en presentar solicitud contactar con victoria.rabadan@carm.es

Entidades Financiadoras